Neuquén Patagonia - República Argentina
Fecha de inicio 28 de abril de 2006

Dos palabaras

En una sociedad organizada como indica la expresión, hay obligaciones por cumplir y Derechos por adquirir y sobre todo respetar.

Todos debemos respetar los Derechos; incluso los responsables de que no sean impedidos y por ende garantizarlos cuando así corresponda, de manera espontánea o en un proceso a tal fin. Si cumplimos con nuestras obligaciones como lo indica la Ley nadie deberá indicar nada, sobre las conductas que nos identifican.

Pero si esas conductas se transforman en transgresiones o violaciones el Estado de Derecho debe encargarse de corregirlas. Y cuando accedemos a los Derechos establecidos por las leyes tampoco nadie debe impedir o quitar ese llamado beneficio, que en realidad siempre tienen un sustento legal y ese, es el apellido que nadie debe olvidar; en lugar de reemplazarlo por apodos irrespetuosos de la personalidad y la identidad.

Hay dos palabras que se destacan en estas cuestiones de las relaciones humanas e institucionales. Estas últimas, especialmente las relativas al Estado, son las que nos exigen cumplir con la Ley para evitar esa trasgresión que nos condena a la culpabilidad por violar la legalidad. Palabra que como otras de la familia, rigen el proceso de garantías para la convivencia sin temor de perder los beneficios adquiridos.

Pero si la realidad impuesta contra la naturaleza de lo legislado atenta o priva de esos beneficios, que no son limosnas, sino como su nombre claramente lo indica con dos palabras centrales de la desnaturalizada sociedad organizada, indican el “Derecho adquirido”.

El que nunca debió ser violado, prohibido ni siquiera de manera selectiva por venganza política, y menos aún en la publicitada Democracia. Sistema que demanda y garantiza el cumplimiento de las obligaciones y la protección.

Derecho adquirido y Estado de Derecho dos palabras que juntas o separadas son el medio para preservar las garantías en una sociedad organizada.

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