El acuerdo prevé desarrollos viales, hidráulicos y habitacionales.
Diversos convenios fueron formalizados por el gobernador Rolando Figueroa y el ministro de Economía, Luis Caputo para la obra del canal aliviador de Vaca Muerta, en la presa Portezuelo Grande desarrollada y contratada en el ámbito del Estado nacional; agregándose la mutua colaboración institucional, técnica y operativa.
La decisión devino de la sentencia judicial que impuso al Estado nacional la obligación de realizar dichas obras en función de la seguridad de la presa sobre el río Neuquén, para la regulación hídrica de la cuenca, la seguridad de la población ribereña y el desarrollo de las actividades productivas y energéticas.
Para ello se construirá un canal aliviador de unos 1.620 metros sobre la margen derecha de la presa, con una capacidad de cuatro mil metros cúbicos por segundo; a los fines de facilitar la evacuación de caudales ante crecidas extraordinarias.
Figueroa recordó que “Esto tiene hace muchos años un fallo y la verdad que también es la primera vez que un gobierno acepta trabajar en este sentido para poder cancelar esa deuda”.
Sobre el traspaso rutas nacionales, que “son todo un tema en la provincia. Nosotros estamos haciendo 1.000 kilómetros de rutas y repavimentando 650. Hemos absorbido algunas rutas nacionales y comenzamos inmediatamente a hacer las obras. Hay muchas rutas nacionales en la provincia que tenemos que mejorar y eso siempre forma parte de la agenda cuando nos reunimos con los ministros”.
Otro convenio con la secretaría de Obras Públicas formalizado refiere la transferencia del desarrollo urbanístico de 140 viviendas del Procrear a finalizar en la ciudad de Centenario. Acuerdo firmado por el gobernador Figueroa y el secretario de Obras Públicas de la Nación, Bernardo Heredia.
Convenios por rutas:
Asimismo, Figueroa, firmó un acuerdo con el administrador general de Vialidad Nacional, Marcelo Campoy, para la cesión a la Provincia de la gestión integral de obras, conservación, mejoramiento, mantenimiento integral y prestación de servicios del tramo de la ruta nacional N° 40 entre Villa La Angostura y San Martín de los Andes, desde la progresiva 2116,14 hasta la 2211,43.
El informe agrega que la Provincia se encargará del mantenimiento y ejecución de obras; conservación, mejoramiento y mantenimiento de calzada, banquinas, zona marginal de camino, puentes, señalamiento vertical y horizontal, sistema lumínico, condiciones de seguridad, señalética y condiciones estructurales del pavimento; limpieza y conservación de alcantarillas y sumideros; reparación y/o reposición de barandas; conservación y reposición de taludes y contrataludes, entre otras tareas.
La Provincia establecerá y decidirá el plan de obras e inversiones a ejecutar sobre la traza. Podrá realizar las tareas por administración, mediante terceros o a través del sistema de gestión, contratación y certificación que estime más conveniente, y aportará el financiamiento necesario. Podrá promover la implementación de un esquema de concesión de obra pública por peaje sobre todo o parte de la traza.
Otro de los acuerdos viales es para la cesión de la posición contractual de la obra de la Circunvalación de Villa la Angostura. Para poder finalizar las tareas pendientes de la obra, era necesario que Vialidad Nacional ceda su posición contractual a la Provincia. Se trata del contrato suscripto entre el organismo nacional y la unión transitoria de empresas entre CODI, Conevial y Vial Agro La Angostura.
La Provincia se encargará de abonar a la empresa los certificados de avance de obra de los trabajos priorizados para la rehabilitación y mantenimiento de las calzadas emitidos con posterioridad a la suscripción del convenio.
El 12° Distrito Neuquén de Vialidad Nacional y la Provincia elaborarán, en un plazo de 10 días hábiles, un acta de constatación de avance y ejecución de la obra realizada, la cual deberá contener el informe de las tareas pendientes.
El Estado nacional mantendrá a su exclusivo cargo la responsabilidad por el reconocimiento, tramitación y pago de los certificados de obra correspondientes a los trabajos efectivamente ejecutados con anterioridad a la fecha de corte que surja del acta de constatación y a la suscripción del presente acuerdo.


