Neuquén Patagonia - República Argentina
Fecha de inicio 28 de abril de 2006

La corte definirá

La jueza federal Loretta Preska (EEUU) dejó sin efecto su fallo del 2023 y cerró el expediente sobre YPF.

El juicio iniciado por Burford Capital tuvo una decisión que modifica el proceso y el actor deberá si así lo decide, apelar ante la Corte Suprema de Estados Unidos para que evalúe hacer lugar al recurso; o ratificar la sentencia que libera al Estado argentino del reclamo de unos U$S 16000 millones.

La decisión de la magistrada surge ante el fallo de los jueces Denny Chin y Beth Robinson de la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito que en marzo de 2026 dejó sin efecto, por 2 votos contra 1 del juez José Cabranes, la sentencia desfavorable a la Argentina.

Concretamente desde  dicha Cámara consideraron que Prezka había decidido de manera equivocada al interpretar el Derecho argentino.

Asimismo desde la Procuración del Tesoro consideraron sin perjuicio de la evenatual apelación, que la sentencia “Sería la finalización de la instancia, algo meramente procesal, porque el fallo ya se revirtió en la Cámara de Apelaciones. Había cierta demora en la llegada de este documento”.

El origen de la demanda se funda en la consideración de quienes oportunamente se beneficiaron como accionistas pero tras la expropiación recurrieron al fondo de litigios Burford Capital. Los accionistas son Eton Park, Petersen Energía y Petersen Energía Inversora (familia “Eskenazi), que en caso de que Burford obtuviera un fallo favorable, cederían la mayor parte de los beneficios económicos del juicio al representante dedicado a este tipo de acciones, que suelen calificarlo como “buitre”.

La Cámara del fallo en segunda instancia, consideró predominante que las normas de Argentina no consideran la posibilidad de que terceras partes se presenten como litigantes en el proceso en el que se aplica la expropiación a favor del estado Nacional, propietario original de YPF. Tampoco considera que un estatuto privado sea validado como aplicable a ambas partes como argumentaron los actores.

La interpretación emergente tras el fallo de la Cámara que favorece a la Argentina, señala que la apelación quedara sujeta a la consideración de la Corte que puede directamente desestimar el caso y dejar finalizado el reclamo, ratificando el segundo fallo de Preska.

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