Periodismo de Opinión

  - 
Neuquén 
Patagonia - República Argentina - Fecha de inicio 28 de abril de 2.006


 Blindaje sospechoso

Avanza el gobierno nacional en la quita de derechos que en este caso refiere el acceso a la información pública. Otro Decreto presidencial (N°780/2024) usado para limitar la difusión de información pública de los actos del Gobierno, protegiendo la actividad privada y pública de los funcionarios del gabinete que conduce Francos. 

Media el criterio selectivo burocrático restringiendo (y prohibiendo) el conocimiento y difusión de datos de interés público. Decisión presidencial que vulnera lo establecido en la Ley N° 27.275 sobre “Derecho de Acceso a la Información Pública”, respaldada por el artículo N° 75 de la Constitución Nacional refiriendo tratados internacionales tal surge del inciso N° 22 de dicha norma. Si bien Milei en el Decreto citado refiere el respeto a la publicidad de los actos de Gobierno, promoviendo la participación ciudadana, claridad de gestión y otros aspectos relativos a la legalidad del procedimiento informativo, decidió limitar la vigencia de dichos preceptos. 

En ese sentido refiere que “No se entenderá como información pública a aquella que contenga datos de naturaleza privada” como la tenencia de mascotas en la residencia presidencial, vistas personalísimas o familiares supuestamente ajenas a la gestión; como así también contenidos devenidos de reuniones y charlas “preparatorias, papeles de trabajo o exámenes preliminares” relativas a la gestión gubernamental. Justifican los ocultamientos apelando a la extrema reserva de datos confidenciales o secretos de Estado citando la defensa, política exterior o seguridad interior. 

También limita el conocimiento del secreto financiero propios y de terceros en poder del BCRA que el presidente reiteró su eliminación; beneficiando en este caso al ministro de Economía Luis Caputo, para negarse a suministrar información sobre la realidad económica y los actos de administración en el marco de sospecha que se vive en torno a la crisis y su manejo crítico para la sociedad en general, salvo excepciones de personas o sectores beneficiados. 

Un ejemplo del efecto de dicha limitante informativa, lo constituye el manejo del oro de reserva de la Nación, y los comentados despachos al exterior; teniendo presente el ocultamiento sobre lo que fuere “objeto de medidas razonables para mantenerla secreta”. Criterio extensivo a todo lo que desde el Gobierno Nacional se interprete como de “valor comercial por ser secreta” u “objeto de medidas razonables para mantenerlas secretas”. 

Una serie de muletillas que literalmente protegen el criterio selectivo y discrecional de las decisiones que se tomen a partir de la amplitud interpretativa de este paraguas que busca aislar y proteger ciertas decisiones que pudieran ser para disgusto de la sociedad. 02 09 24